Calculadora de Puntos/Méritos


(Cálculo basado en Valencia 2013)


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Puntuación total (Máximo 10 puntos)

Experiencia Previa (Máximo 5 puntos)

1.1 Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo de maestros en centros públicos
años
meses completos
1/año
1.2 Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al de Maestros en centros públicos
años
meses completos
0.5/año
1.3 Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo de maestros en otros centros
años
meses completos
0.5/año
1.4 Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel o etapa educativa que el impartido por el cuerpo de maestros en otros centros
años
meses completos
0.25/año

Formación académica (Máximo 5 puntos)

2.1- Expediente académico del título alegado
Expediente académico en el título alegado
. sobre
Hasta 1.5
2.2- Postgrados, doctorado y premios extraordinarios
Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado
0.5
Por poseer el título de Doctor
1
2.2.1 Por el certificado-diploma acreditativo de estudios avanzados (Real Decreto 778/1998, de 30 de abril), el título oficial de máster (Real Decreto 56/2005, de 21 de enero), suficiencia investigadora o cualquier otro título equivalente, siempre que no sean requisito para el ingreso en la función pública docente1
2.3 Otras titulaciones universitarias de carácter oficial:
No se valorarán por los apartados 2.2 y 2.3 los cursos de Postgrado, de Especialización, de Experto y los títulos propios de las Universidades.
Las titulaciones universitarias de carácter oficial, en el caso de que no hubieran sido las alegadas como requisito para el ingreso en la función pública docente se valorarán de la forma siguiente:
2.3.1 Titulaciones de primer ciclo:
Por cada diplomatura, ingeniería técnica, arquitectura técnica o títulos declarados legalmente equivalentes y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una licenciatura, arquitectura o ingeniería: 1,0000 punto
En el caso de aspirantes a cuerpos de funcionarios docentes de subgrupo A2, no se valorarán por este apartado, en ningún caso, el primer título o estudios de esta naturaleza que presente el aspirante.
1
2.3.2 Titulaciones de Segundo Ciclo:
Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de licenciaturas, ingenierías, arquitecturas o títulos declarados legalmente equivalentes: 1,0000 punto
Documentación acreditativa:
Certificación académica de calificaciones y fotocopia compulsada tanto del título alegado para ingreso en el cuerpo como de cuantos presente como mérito, a los efectos de acreditar haber cursado completamente la titulación alegada como mérito respecto de la alegada como titulación para ingreso al cuerpo.
1
2.4. Titulaciones de enseñanza de régimen especial y de la formación profesional inicial. Por este apartado se valorarán las titulaciones de las enseñanzas de régimen especial otorgadas por las escuelas oficiales de idiomas, conservatorios profesionales y superiores de música y escuelas de arte, así como las de formación profesional inicial, caso de no haber sido alegadas como requisito para ingreso en la función pública docente o, en su caso, no hayan sido necesarias para la obtención del título alegado
Por cada título Profesional de Música o Danza
0.5
Por cada certificado de nivel avanzado o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas
0.5
Por cada Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño
0.2
Por cada título de Técnico Deportivo Superior
0.2
Por cada título de Técnico Superior de Formación Profesional
0.2

Otros méritos (Máximo 2 puntos)

3.1 Por la acreditación del dominio de una lengua extranjera correspondiente al nivel B2, C1 o C2 del Marco Común Europeo de Referencia
2
3.2 Formación permanente, participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios (Máximo 1 puntos)
3.2.1. Cursos de formación permanente y perfeccionamiento, participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios.
Por cada curso de formación permanente y perfeccionamiento superado, relacionado con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación, o la enseñanza en valenciano, convocados por las administraciones públicas con plenas competencias educativas o por universidades, o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizadas por entidades colaboradoras con las administraciones educativas, o actividades reconocidas por la administración educativa correspondiente, y por la participación o coordinación en grupos de trabajo, proyectos de investigación e innovación educativa, planes de mejora, proyectos de formación en centros, seminarios y actividades análogas, convocadas o autorizadas por la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte o los órganos correspondientes de otras comunidades autónomas, Ministerio de Educación, universidades y entidades colaboradoras con las administraciones educativas. (Máximo 0.75 puntos)
Duración no inferior a treinta horas

A estos efectos serán acumulables los cursos no inferiores a 20 horas que cumplan los requisitos que se especifican en este subapartado.
0.1
Duración no inferior a treinta horas

A estos efectos serán acumulables los cursos no inferiores a 20 horas que cumplan los requisitos que se especifican en este subapartado.
0.2
3.2.1.2 Participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios .
Por cada curso escolar en que se acredite la participación en grupos de trabajo, proyectos de investigación e innovación educativa, planes de mejora o proyectos de formación en centros
0.2
Por cada curso escolar en que se acredite la coordinación en grupos de trabajo, proyectos de investigación e innovación educativa, planes de mejora o proyectos de formación en centros
0.2
Por cada curso escolar en el que acredite la participación en seminarios y actividades análogas con una duración global no inferior a 30 horas
0.2
3.2.2. Cursos de formación permanente y perfeccionamiento, participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios relacionado con las nuevas tecnologías aplicadas a la educación (Máximo 0.25 puntos)
3.2.2.1 Cursos de formación.
Por cada curso de formación permanente y perfeccionamiento superado, relacionado con las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, convocados por las administraciones públicas con plenas competencias educativas o por universidades, o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizadas por entidades colaboradoras con las administraciones educativas, o actividades reconocidas por la administración educativa correspondiente
Duración no inferior a treinta horas

A estos efectos serán acumulables los cursos no inferiores a 20 horas que cumplan los requisitos que se especifican en este subapartado.
0.05
Duración no inferior a cien horas
0.1
3.2.2.2 Participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios
Por cada curso escolar en que se acredite la participación en grupos de trabajo, proyectos de investigación e innovación educativa, planes de mejora o proyectos de formación en centros
0.2
Por cada curso escolar en que se acredite la coordinación en grupos de trabajo, proyectos de investigación e innovación educativa, planes de mejora o proyectos de formación en centros
0.2
Por cada curso escolar en el que acredite la participación en seminarios y actividades análogas con una duración global no inferior a 30 horas
0.2
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