Calculadora de Puntos/Méritos


(Cálculo basado en Castilla-La Mancha 2016)


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Puntuación total (Máximo 10 puntos)

A los efectos de este apartado no podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado simultáneamente en más de un centro docente.
Se tendrá en cuenta un máximo de 5 años, cada uno de los cuales deberá ser valorado en uno solo de los subapartados siguientes: (Máximo 5 puntos)

1.1 Por cada año de experiencia docente en especialidades del Cuerpo de Maestros, en centros públicos
años
meses completos
1/año
Experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que opta el aspirante, en centros públicos
años
meses completos
0.5/año
Experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que se opta, en otros centros
años
meses completos
0.5/año
Experiencia docente en especialidades de distinto nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que se opta, en otros centros.
años
meses completos
0.25/año

Formación académica (Máximo 5 puntos)

2.1- Expediente académico del título alegado
2.1 Expediente académico en el título alegado, siempre que el título alegado se corresponda con el nivel de titulación exigido con carácter general para el ingreso en el Cuerpo de Maestros:
Por este subapartado se valorará exclusivamente la nota media del expediente académico aportado por el aspirante, correspondiente al título exigido con carácter general para ingreso en el Cuerpo de Maestros

No figura puntuación para notas en base 4.
. sobre
Hasta 1.5
2.2- Postgrados, doctorado y premios extraordinarios
Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado
0.5
Por poseer el título de Doctor
1
2.2.1 Por el Certificado-Diploma acreditativo de Estudios Avanzados (RD 778/1998, de 30 de abril), el Título Oficial de Master (RD 56/2005, de 21 de enero), Suficiencia investigadora o cualquier otro título equivalente, siempre que no sean requisito para el ingreso en la función pública docente1
2.3- Otras titulaciones universitarias de carácter oficial, en el caso de que no hubieran sido alegadas como requisito para el ingreso en la función pública docente
2.3.1 Titulaciones de primer ciclo:
Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o títulos declarados legalmente equivalentes y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería
En el caso de aspirantes a Cuerpos docentes del Grupo A2, no se valorarán por este apartado, en ningún caso, el primer título o estudios de esta naturaleza que presente el aspirante.
1
2.3.2 Titulaciones de segundo ciclo:
Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulos declarados legalmente equivalentes
1
2.4- Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica
Por cada título Profesional de Música o Danza: grado medio
0.5
Por cada certificado de nivel avanzado o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas.
0.5
Por cada Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño
0.2
Por cada Título de Técnico Deportivo Superior
0.2
Por cada título de Técnico Superior de Formación Profesional
0.2

Otros méritos (Máximo 2 puntos)

3.1 Formación Permanente
3.1.1 Por actividades de formación permanente y perfeccionamiento (curso, seminario, congreso, jornada, grupo de trabajo, etc) en las que haya participado el aspirante, relacionadas con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación, convocadas por las Administraciones Educativas o por las Universidades, o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizadas por instituciones o entidades colaboradoras con las Administraciones Educativas, o actividades reconocidas por la Administración educativa correspondiente:
como asistente, por cada crédito0.075
como ponente, director, coordinador o tutor, por cada crédito0.15
3.1.2 Por actividades de formación en las que haya participado el aspirante, relacionadas con otra especialidad con iguales características que las expresadas en el subapartado anterior
como asistente, por cada crédito0.037
como ponente, director, coordinador o tutor, por cada crédito0.075
3.2 Exclusivamente para la especialidad de Educación Física:
Por tener la calificación de “Deportista de Alto Nivel”, según el Real Decreto 1467/1977, de 19 de septiembre
0.5
¿Cuándo le interesaría obtener otra especialidad, otro grado o Master?

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Esta información es orientativa, para realizar todos los trámites relacionados con el proceso de oposición se debe recurrir a los documentos oficiales publicados en el BOE o por las autoridades competentes en cada caso.


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