Calculadora de Puntos/Méritos


(Cálculo basado en Extremadura 2016)


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Puntuación total (Máximo 10 puntos)

1. Experiencia docente previa (Máximo 5 puntos)

1.1. Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos
años
meses completos
1/año
1.2 Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que opta el aspirante, en centros públicos
años
meses completos
0.5/año
1.3. Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros
años
meses completos
0.5/año
1.4. Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros
años
meses completos
0.25/año

2. Formación académica (Máximo 5 puntos)

2.1- Expediente académico del título alegado
2.1.- Se valorará exclusivamente la nota media del expediente académico del título alegado para ingreso en el Cuerpo de Maestros (Maestro, Profesor de Educación General Básica, Maestro de
enseñanza primaria o de Grado correspondiente), del siguiente modo:

(Nota media – 5) x 0,3
. sobre
Hasta 1.5
2.2- Postgrados, doctorado y premios extraordinarios
2.2.3. Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado
0.5
Por poseer el título de Doctor
1
2.2.1. Por el Certificado-Diploma acreditativo de Estudios Avanzados (Real Decreto 778/1998, de 30 de abril) o el Título Oficial de Máster (Real Decreto 56/2005, de 21 de enero), Suficiencia
investigadora o cualquier otro título equivalente, siempre que no sean requisito para el ingreso en la función pública docente
1
2.3. Otras titulaciones universitarias de carácter oficial.

Las titulaciones universitarias de carácter oficial, en el caso de que no hubieran sido las alegadas como requisito para el ingreso en la función docente, se valorarán de la forma siguiente:
2.3.1. Titulaciones de primer ciclo:
Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o títulos declarados legalmente equivalentes y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura, rquitectura o Ingeniería………

No se valorarán por este apartado, en ningún caso, el título alegado por el aspirante para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.
1
2.3.2. Titulaciones de segundo ciclo:

Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulos declarados legalmente equivalentes
1
2.4. Titulaciones de Enseñanza de Régimen Especial y de la Formación Profesional Específica:

Las titulaciones de las enseñanzas de régimen especial otorgadas por las Escuelas Oficiales de Idiomas, Conservatorios Profesionales y Superiores de Música y Escuelas de Arte, así como las de formación profesional específica, caso de no haber sido las alegadas como requisito para ingreso en la función pública docente o, en su caso, no hayan sido necesarias para la obtención del título alegado, se valorarán de la siguiente forma:
Por cada título Profesional de Música o Danza
0.5
Por cada certificado de nivel avanzado o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas
0.5
Por cada Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño
0.2
Por cada título de Técnico Deportivo Superior
0.2
Por cada título de Técnico Superior de Formación Profesional
0.2

3. Otros méritos (Máximo 2 puntos)

3.1. Formación permanente
3.1.1. Por cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo o proyectos de formación permanente y perfeccionamiento superados o impartidos como ponente, directamente relacionados con plataformas web de gestión escolar, similares a Rayuela, o sistemas operativos no propietarios, hasta un máximo de 1 punto, por cada crédito
Indicar número de créditos0.05
3.1.2.- Por cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo o proyectos de formación permanente y perfeccionamiento superados o impartidos como ponente, no valorables en el apartado anterior, hasta un máximo 1,500 puntos, por cada crédito
Indicar número de créditos0.03
3.2. Exclusivamente para la especialidad de Música
Por premios en certámenes musicales de ámbito autonómico, nacional o internacional
0.3
3.3. Exclusivamente para la especialidad de Educación Física.
Por tener la calificación de “Deportista de Alto Nivel” según el Real Decreto 1467/1997, de 19 de septiembre.
0.4
¿Cuándo le interesaría obtener otra especialidad, otro grado o Master?

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Esta información es orientativa, para realizar todos los trámites relacionados con el proceso de oposición se debe recurrir a los documentos oficiales publicados en el BOE o por las autoridades competentes en cada caso.


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