Calculadora de Puntos/Méritos


(Cálculo basado en Cataluña - solo concurso - RD 270/22)


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Puntuación total (Máximo 15 puntos)

1. EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA. (Máximo 7 puntos)

1.1. Por cada año de experiencia docente en la especialidad del cuerpo al que opta la persona aspirante, en centros públicos de titularidad de una administración educativa.

Por cada mes se suman 0,0583 puntos.
años
meses completos
0.700/año
1.2. Por cada año de experiencia docente en otras especialidades del mismo cuerpo al que se opta, en centros públicos de titularidad de una administración educativa.

Por cada mes se suman 0,0292 puntos.
años
meses completos
0.350/año
1.3. Por cada año de experiencia docente en otras especialidades de otros cuerpos diferentes al que se opta, en centros públicos de titularidad de una administración educativa.

Por cada mes se suman 0,0125 puntos.
años
meses completos
0.125/año
1.4. Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel o etapa educativa que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros.

Por cada mes se suman 0,0083 puntos.
años
meses completos
0.100/año

2. FORMACIÓN ACADÉMICA. (Máximo 3 puntos)

2.1. Expediente académico del título alegado.
2.1. Expediente académico en el título alegado:
Expediente académico en el título alegado como requisito de participación, siempre que el título alegado se corresponda con el nivel de titulación exigido con carácter general para el ingreso en el cuerpo.

Escala de 0 a 10
- De 6,01 hasta 7,50 - 1
- De 7,51 hasta 10,00 - 1,5

Escala de 0 a 4
- De 1,51 hasta 2,25 - 1
- De 2,26 hasta 4,00 - 1,5
. sobre
Hasta 1.5
2.2. Posgrados, doctorado y premios extraordinarios.
2.2.1. Por el certificado o diploma acreditativo de estudios universitarios de tercer ciclo (Real decreto 778/1998, de 30 de abril); el título oficial de máster (Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre), o la suficiencia investigadora o cualquier otro título equivalente siempre que no sean requisitos para el ingreso en la función pública docente1
2.2.2. Por poseer el título de doctor.
1
2.2.3. Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado.
0.5
2.3. Otras titulaciones universitarias de carácter oficial.

Se valoran las titulaciones universitarias de carácter oficial en el caso de no haber sido alegadas como requisito para el ingreso en el cuerpo, como se indica a continuación.
2.3.1. Titulaciones universitarias de primer ciclo:

Por cada título de diplomado o diplomada, ingeniero técnico o ingeniera técnica, arquitecto técnico o arquitecta técnica, u otros títulos declarados legalmente equivalentes, así como por los estudios correspondientes al primer ciclo de una licenciatura, arquitectura o ingeniería: 1,0000 punto.

En el caso de aspirantes a cuerpos de funcionarios docentes de subgrupo A2 no se valoran por este apartado, en ningún caso, el primer título o estudios de esta naturaleza que el aspirante alegue como requisito de participación.

En el caso de aspirantes a cuerpos de funcionarios docentes de subgrupo A1 no se valoran por este apartado, en ningún caso, el título o estudios de esta naturaleza que haya sido necesario superar para la obtención del primer título de licenciado o licenciada, ingeniero o ingeniera o arquitecto o arquitecta que presente la persona aspirante.
1
2.3.2. Titulaciones universitarias de segundo ciclo:

Por cada título de los estudios correspondientes al segundo ciclo de una licenciatura, arquitectura e ingeniería, u otros títulos declarados legalmente equivalentes: 1,0000 punto.

En el caso de aspirantes a cuerpos de funcionarios docentes de subgrupo A1, no se valoran por este apartado, en ningún caso, el título o estudios de esta naturaleza necesarios para la obtención del primer título de licenciado o licenciada, ingeniero o ingeniera o arquitecto o arquitecta que alegue la persona aspirante como requisito de participación.
1
2.4. Titulaciones de Enseñanzas de Régimen Especial y de la Formación Profesional Específica.
2.4.1. Por cada titulación profesional de música o danza.
0.5
2.4.2. Por cada certificado de nivel avanzado o equivalente de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
0.5
2.4.3. Por cada titulación de técnico o técnica superior de artes plásticas y diseño.
0.2
2.4.4. Por cada titulación de técnico o técnica superior de formación profesional o equivalente.
0.2
2.4.5. Por cada titulación de técnico deportivo o técnica deportiva superior.
0.2

3. OTROS MÉRITOS. (Máximo 5 puntos)

3.1. Por cada fase de oposición superada en la misma especialidad del cuerpo al que se opta, en un procedimiento de ingreso en cuerpos de funcionarios docentes a partir del año 2012, incluido.
3.1.1. Por cada fase de oposición superada en la misma especialidad del cuerpo al que se opta, en un procedimiento de ingreso en cuerpos de funcionarios docentes a partir del año 2012, incluido.
2.5
3.2. Formación permanente. Por cada curso de formación permanente y perfeccionamiento superado, relacionado con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación, convocado por administraciones públicas con plenas competencias educativas o por universidades, o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizados por entidades colaboradoras con las administraciones educativas, o actividades reconocidas por la administración educativa correspondiente: (Máximo 2 puntos)
3.2.1. No inferior a 3 créditos:
Indicar número de cursos0.2
3.2.2. No inferior a 10 créditos:
Indicar número de cursos0.5
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Esta información es orientativa, para realizar todos los trámites relacionados con el proceso de oposición se debe recurrir a los documentos oficiales publicados en el BOE o por las autoridades competentes en cada caso.


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