Calculadora de Puntos/Méritos


(Cálculo basado en Galicia - oposición parcial - RD 270/22)


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Puntuación total (Máximo 10 puntos)

1. EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA. (Máximo 7 puntos)

1.1. Por cada año de experiencia docente en la especialidad del cuerpo a la que opta la persona aspirante, en centros públicos.
años
meses completos
0.700/año
1.2. Por cada año de experiencia docente en otras especialidades del mismo cuerpo al que se opta, en centros públicos
años
meses completos
0.350/año
1.3. Por cada año de experiencia docente en otras especialidades de otros cuerpos diferentes al que se opta, en centros públicos
años
meses completos
0.125/año
1.4. Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel o etapa educativa que el impartido por el cuerpo al que opta la persona aspirante, en otros centros diferentes a los centros públicos
años
meses completos
0.100/año

2. FORMACIÓN ACADÉMICA. (Máximo 2 puntos)

2.1. Expediente académico del título alegado.
2.1. Expediente académico en el título alegado:
Expediente académico en el título alegado, siempre que el título alegado se corresponda con el nivel de titulación exigido con carácter general para ingreso en el cuerpo.

Escala de 0 a 10
- De 6,00 hasta 7,50 - 1
- De 7,51 hasta 10,00 - 1,5

Escala de 0 a 4
- De 1,50 hasta 2,25 - 1
- De 2,26 hasta 4,00 - 1,5
. sobre
Hasta 1.5
2.2. Posgrados, doctorado y premios extraordinarios.
2.2.1. Por el Certificado-Diploma acreditativo de Estudios Avanzados y la Suficiencia Investigadora (Real Decreto 778/1998, de 30 de abril), el Título Oficial de Máster (Real Decreto 56/2005, de 21 de enero) siempre que no sea requisito para el ingreso en la función pública docente.1
2.2.2. Por poseer el título de Doctor.
1
2.2.3. Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado.
0.5
2.3. Otras titulaciones universitarias de carácter oficial.

Las titulaciones universitarias de carácter oficial, en el caso de que no hubieran sido las alegadas como requisito general para el ingreso en la función pública docente, se valorarán de la forma siguiente:
2.3.1. Titulaciones de primer ciclo:
Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o títulos declarados legalmente equivalentes y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería.
1
2.3.2. Titulaciones de segundo ciclo:
Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas, Grados o títulos declarados legalmente equivalentes.
1
2.4. Titulaciones de Enseñanzas de Régimen Especial y de la Formación Profesional Específica.
2.4.1. Por cada título Profesional de Música o Danza.
0.5
2.4.2. Por cada certificado de nivel avanzado o equivalente de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
0.5
2.4.3. Por cada título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño.
0.2
2.4.4. Por cada título de Técnico Superior de Formación Profesional.
0.2
2.4.5. Por cada Título de Técnico Deportivo Superior.
0.2
2.5. Dominio de idiomas extranjeros
2.5. Dominio de idiomas extranjeros.

Por aquellos certificados de conocimiento de una lengua extranjera, expedidos por entidades acreditadas de conformidad con lo establecido en esta convocatoria que acrediten una competencia lingüística de un idioma extranjero de nivel avanzado C1 o C2, según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: 0,500 puntos.

Los certificados de nivel avanzado C1 o C2 de un mismo idioma, acreditados de acuerdo con el apartado 2.4 o bien 2.5, se valorarán por una sola vez en uno o en otro apartado.
0.5

3. OTROS MÉRITOS. (Máximo 1 puntos)

3.1. Por la superación de la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en anteriores procedimientos selectivos de ingreso en cuerpos de la función pública docente celebrados desde 2012, incluido.
3.2. Por la superación de la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta, en anteriores procedimientos selectivos de ingreso en cuerpos de la función pública docente celebrados desde 2012, incluido.
0.75
3.2. Formación permanente. Por cada curso de formación permanente y perfeccionamiento superado, relacionado con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación, convocado por administraciones públicas con plenas competencias educativas o por universidades, o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizados por entidades colaboradoras con las administraciones educativas, o actividades reconocidas por la administración educativa correspondiente:
3.1.1. No inferior a 3 créditos:
Indicar número de cursos0.2
3.1.2. No inferior a 10 créditos:
Indicar número de cursos0.5
¿Cuándo le interesaría obtener otra especialidad, otro grado o Master?
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Esta información es orientativa, para realizar todos los trámites relacionados con el proceso de oposición se debe recurrir a los documentos oficiales publicados en el BOE o por las autoridades competentes en cada caso.


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